(DESDE LA ALDEA)
Ciudad Habana
19-2-013
Por. Máximo José García González.
LA Comisión de Atención
a Presos Políticos y Familiares (CAPPF), celebro su
aniversario a pesar de la vigilancia y la represión policial contra el
domicilio donde se efectuaría el encuentro, como también a sus activistas que
no le permitieron llegar al lugar algunos fueron detenidos dentro de sus
viviendas y otros conducidos a unidades policiales informo Regla Ríos Casado integrante de la organización, agregando además
que recibió la visita del represor nombrado Pérez Pérez, amenazo a todos y los tildo de
contrarrevolucionarios, resumió informando que también le manifestó que muchos
de esos desafectos están en la lista negra.
Los que pudieron
burlar el cerco policial y participar en la actividad se nombran. Andrés Pérez
Suárez, Déniz Noa Martínez, Raicel Rodríguez Rivero, Mario Moraga Ramos, Marlen
González González, Luis Manuel Fumero García, Regla Ríos Casado, Anisleidys Martínez
Mayor, Jorge Luis Cedeño Marrero, Edel Bravo Padrón, Francisco Lázaro
Concepcion Días, Roberto Udaeta Jacomino, Sebastián Rogelio Braje Borges, José
Francisco Hernández Adán, Manuel García González, Jorge Alberto González
Zusarte y Raimundo Cuevas Farías.
El presidente de
la organización Daniel Anselmo González Gómez fue detenido domiciliar.
Activistas que
estuvieron detenidos y conducidos a la 1ra unidad policial de dragones y
Zulueta se nombran. Belkis Felicia Jorrin Morfa, Gesse Castelnau Jorrin, Yusmeike
Reinier Fajardo Jorrin, Magela Lisama Rojas Delgado, Domingo Andrés Pino
García, Victoria Días Morfa, Miguel Morfa Romero, Gessica Castelnau Jorrin y
Antonio Ernesto Daumy Ferrer.
Activistas que
estuvieron detenidos y conducidos a la 6ta unidad policial en el Municipio
Marianao. Máximo José García González, Jorge Arufe Carbonell y Evelio Francisco
González Coello.
Hasta el momento
se desconoce el paradero de los activistas detenidos, Fernando de Jesús Vergara Arguelles y de Hubernel Cruz
Alvares.
DECLARACION UNIVERSAL DE DERECHOS
HUMANOS.
Articulo 20
1-Toda persona
tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2-Nadie podrá
ser obligado a pertenecer a una asociación.
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